Juez Correccional y el Doctor Arregin debatieron sobre los “juicios por jurado”

La jueza Correccional N° 1, Gabriela Aromí de Sommer y el abogado Juan Arregín fueron invitados por Equipo de Noticias y hablaron de este sistema de juzgamiento que, por ahora las provincias que lo implementan son Buenos Aires, Córdoba, Chubut y Río Negro.

El juicio por jurados es una modalidad que, pese a que rige como un mandato constitucional desde 1853, sólo funciona en algunas provincias.

La idea detrás de los jurados es que una persona sea juzgada por sus pares. Los jurados populares están integrados por 12 personas que están en igualdad de condiciones al acusado. Resuelven si una persona es culpable o no.

La jueza Correccional N° 1, Gabriela Aromí de Sommer y el abogado Juan Arregín fueron invitados por Equipo de Noticias y hablaron de este sistema de juzgamiento que, por ahora las provincias que lo implementan son Buenos Aires, Córdoba, Chubut y Río Negro.

“Seguimos bregando un nuevo proyecto en estado parlamentario y ojalá podamos tener ese primer paso, un nuevo Código Procesal Penal que nos permita avanzar e instalar en nuestra provincia el juicio por jurados”, expresó la magistrada y recordó que el primer proyecto de reforma fue presentado en 2004, más de 14 años atrás, y nunca logró prosperar, pese a que muchos legisladores lo apoyaron e impulsaron en todo este tiempo.

Si bien la participación ciudadana implica la democratización de la justicia, Aromí de Sommer indicó que “los juicios siempre fueron cosa de abogados, entonces tenemos procesos lentos, burocráticos que la gente no comprende. Es necesario que el ciudadano entienda las cosas que pasan en la justicia y es responsabilidad de todos trabajar para que estos procesos sean democráticos”.

Vale aclarar que los ciudadanos, que no sean abogados pueden integrar dicho sistema de juzgamiento. “La legislación de cada provincia, establece las condiciones para ser jurado y lo pueden integrar un médico, un docente, un ama de casa y hay pluralidad de visiones, la ciudadanía resuelve sobre algo con sentido común, solo delitos graves, no para todos”, adujo. 

“Conservo la ilusión de que Corrientes pronto se pueda despertar porque tenemos uno de los sistemas dnoe justicia más atrasados del país y de América Latina”, aseguró al ser consultada por sus expectativas en torno al nuevo proyecto.

Hay quienes establecen que se necesitan mayores recursos para la implementación y es uno de los motivos por los cuales Corrientes no tiene el sistema, la jueza remarcó que es un mito, “si sale el nuevo Código Procesal penal, viene un proceso donde hay que reasignar recursos humanos, materiales. Es una inversión de calidad en término de justicia porque tenemos una enorme impotencia porque no podemos dar a la sociedad las repuestas que espera”.

Comentó que, desde hace varios años, preparan a los alumnos para que litiguen y realizan en la universidad simulación de juicio por jurados, pero lamentablemente luego, en la práctica no se da.

Consultada sobre la resistencia de algunos actores de la justicia, reconoció que en general, la sociedad defiende al juicio por jurados, pero hay una elite cultural, tradicional que se resiste, porque el juicio, para ellos siempre fue de abogados.

Por su parte, el abogado Juan Arregin comentó que el Juicio por Jurados implica 

un proceso democrático y republicano. “La Constitución Nacional nos manda a tener este tipo de procedimiento. La nueva discusión que se da viene de la mano del descrédito del sistema judicial. Muchas veces se hace hincapié en el resultado de las causas”.

Aclaró que no se trata de tribunales populares, es una responsabilidad ciudadana. “El derecho es ponerse de acuerdo los ciudadanos. Si la sociedad tiene la posibilidad de participar y administrar de esta manera la justicia, será un saneamiento también para la propia sociedad”, sostuvo.

“Para mi en base a lo que dice la ley está mal, a parte por la justicia por mano propia, es una cuestión en la forma en que se prueba en el juicio si tenemos o no razón”, opinó el abogado.

Detalló que la Capital provincial, para atender 600 mil habitantes, tiene los mismos seis juzgados desde hace 20 años. “Es una cuestión presupuestaria. Hay formas alternativas de solución de conflictos como la conciliación, la mediación penal que no se aplica porque no hay dinero. El presupuesto del Poder Judicial, el 94% se destina a sueldos. Se debe discutir el financiamiento, pero a veces no os comprometemos”.

JURADOS: MANDATO CONSTITUCIONAL DESDE 1853

El juicio por jurados permite la participación de civiles en la administración de justicia, para delitos de 15 años o más.

Ser jurado es una responsabilidad pública. Se los elige por sorteo, en base al padrón.

Están habilitadas las personas de entre 21 y 75 años. Si el imputado acepta ser juzgado por esta vía, el jurado lo conformarán 12 personas previamente seleccionadas.

Para declarar culpable al acusado, se necesitarán 10 votos como mínimo. Si la condena es perpetua, se requerirá un veredicto unánime. El juez letrado impondrá la eventual pena.

El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip) reportó que la duración promedio de los juicios es de dos días y medio. El 60% se resolvió entre uno y dos días.

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